SUBVENCIONES
RESTAURACION-ESTETIC
RESUM del Programa de reactivació de les activitats de restauració i del centres d’estètica i bellesa afectats econòmicament per la COVID-19, regulat en la RESOLUCIÓ per la qual s'aproven les bases reguladores per a la concessió de subvencions. Publicat en la Secció anuncis de la Generalitat de Catalunya. Altres ens: Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya (DOGC 22-10-2020). Adjuntem text integre i FAQS del Consorci. PENDENT DE PUBLICAR CONVOCATORIA
Persones beneficiàries: el professionals autònoms i pimes que prestin activitats de restauració o siguin titulars d'un centre d'estètica i bellesa obligades a tancar en funció de la Resolució SLT/2546/2020, de 15 d'octubre, per la qual s'adopten noves mesures de salut pública per a la contenció del brot epidèmic de la pandèmia de COVID-19 al territori de Catalunya. Han d’estar donades d’alta al cens de l’IAE (base 2). Adjuntem també la RESOLUCIÓ SLT/2568/2020, de 19 d'octubre, per la qual es modifica la Resolució SLT/2546/2020. (DOGC 20-10-2020)
Als efectes d'aquesta convocatòria s'entenen com empreses que presten activitats de restauració, els bars, restaurants i cafeteries, inclosos aquells que presten la seva activitat dins d'un establiment col.lectiu com poden ser centres comercials o mercats municipals. Han de tenir, com a mínim, un establiment, operatiu a Catalunya
NOVEDADES LEGISLATIVAS Y NOTICIAS DE INTERÉS LABORAL
1-Pacto de trabajo a distancia:
El pasado 23 de septiembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 28/2020, de
22 de septiembre, sobre los pactos del trabajo a distancia y teletrabajo. Este Real Decreto,
pone orden e intenta regular los aspectos más importantes sobre la modalidad del trabajo a
distancia y teletrabajo. La normativa no entrará en vigor hasta dentro de 20 días desde su
publicación en el BOE. Queremos destacar en este documento informativo, los aspectos más
relevantes a tener en cuenta:
Definiciones:
Trabajo a distancia: forma de organización del trabajo o de realización de la actividad
laboral conforme a la cual ésta se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar
elegido por ésta, durante toda su jornada o parte de ella, con carácter regular.
Teletrabajo: aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o
prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
Del mismo modo, se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en
un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje
proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo
El pacto:
El pacto se suscribe de manera voluntaria entre las partes, nunca puede ser impuesto
unilateralmente, por tanto de una decisión bilateral, ambas partes han de estar de acuerdo
Todos los trabajadores pueden solicitar el trabajo a distancia en pro a la conciliación
de la vida familiar y laboral. El trabajador/a debe argumentar las razones por las que solicita
esta modalidad de trabajo. Una de las muchas razones también puede estar relacionada con
el coronavirus, como, por ejemplo, medida por que acudir al centro de trabajo suponga un
riesgo debido a la alta exposición al covid-19.
El empleado se ha de dirigir directamente al empleado superior o a su supervisor. La
solicitud se puede hacer de forma verbal, pero siempre será necesario un acuerdo de
teletrabajo por escrito entre ambas partes para formalizarlo.
El empresario puede negarse. Debe responder a las peticiones de teletrabajo pero
estas solo se aprobarán si se encuentran bien argumentadas y se basan en motivos sólidos.
Las Condiciones:
Los trabajadores en remoto deben tener los mismos derechos que aquellos que
realizan la actividad de forma presencial. Es decir, también pueden disfrutar de descansos,
vacaciones, permisos, excedencias… Así como a la movilidad geográfica o a las promociones
internas.
Deben también tener derecho a la remuneración de los gastos vinculados al ejercicio
de su trabajo en el domicilio internet, electricidad...
La persona que desarrolla trabajo a distancia podrá flexibilizar el horario de prestación
de servicios en los términos establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación
colectiva
La empresa podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y
control para verificar el cumplimiento por la persona trabajadora de sus obligaciones y deberes
laborales, incluida la utilización de medios telemáticos.
2- La negociación de la prórroga de los ERTEs por fuerza mayor:
Desde este despacho, queremos informa a las empresas que actualmente se están
negociando las condiciones para prorrogar los ERTEs de fuerza mayor iniciados en su gran
mayoría en el mes de marzo.
Dentro de la mesa de negociación, y por lo que se ha podido averiguar, se estudia una
prórroga para las empresas afectadas en principio hasta el 31 de diciembre, fecha en la que se
verá si será necesaria una nueva prórroga o no y sólo para empresas de determinados
sectores o aquellas que puedan demostrar un descenso de facturación notorio.
Dentro de las condiciones de la prórroga, se ha podido saber que las prórrogas quizás
deberán ser solicitadas expresamente por las empresas, aún no se sabe el mecanismo de
solicitud, por lo que nos mantenemos a la expectativa de las posibles novedades. Además se
está negociando la continuidad de la prestación por desempleo en las mismas condiciones
como las actuales para los trabajadores afectados, es decir, cobrar el 70% de la base
reguladora durante la situación de ERTE aunque ya hayan pasado más de 6 meses.
Para más información puede ponerse en contacto con nuestro despacho a través de los
medios habituales (teléfono o mail).
Reciban un cordial saludo
¡Recupera aproximadamente 5.400 euros por la tarifa plana de autónomos societarios!
Ante todo, debe de saber que, ahora, todo autónomo societario que tenga como mínimo dos años de antigüedad podrá solicitar la devolución de las cuotas que ha pagado del autónomo puesto que tiene derecho a la aplicación de la bonificacion de la tarifa plana.
El que quiera realizar el presente trámite para solicitar los ingresos indebidos debe de ponerse en contacto con nuestra asesoría llamando al TEL 937951490 y le informaremos personalmente