ESTOS SON LOS RECARGOS POR INGRESAR FUERA DE PLAZO

 

  

RECARGOS POR DECLARACIÓN EXTEMPORÁNEA.

 

-Si la autoliquidación se presenta dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo establecido: Recargo del 5% sin intereses de demora ni sancion

 

-Si la autoliquidación se presenta dentro de los tres meses y los seis meses siguientes a la finalización del plazo establecido: Recargo del 10% sin intereses de demora ni sancion

 

-Si la autoliquidación se presenta dentro de los seis meses y los doce meses siguientes a la finalización del plazo establecido: Recargo del 15% sin intereses de demora ni sancion

 

-Si la autoliquidación se presenta transcurridos doce meses desde la finalización del plazo establecido: Recargo del 20% sin sanción, exigiéndose intereses de demora desde el día siguiente al término de los doce meses siguientes a la finalización del plazo establecido para la presentación de la autoliquidación o declaración hasta el momento en que las mismas se hayan presentado.

 

Posibilidad de reducción en un 25%, siempre que se ingrese en período voluntario.